Canal Ético

PICOSSI ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L.- SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN

La sociedad PICOSSI ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L. está firmemente comprometida con la implantación de una cultura ética y de cumplimiento normativo, habiéndose dotado de un Sistema interno de información con el fin de prevenir y detectar la comisión de conductas que puedan ser constitutivas de delito y otro tipo de ilícitos o infracciones del ordenamiento jurídico en el ámbito de la entidad en el marco de la ley 2/2023.

Se quiere con el mismo detectar conductas que contravengan el Derecho y los principios por los que se rige esta sociedad. Para otras cuestiones o consultas, por favor dirígete a los canales habilitados a tal efecto o personal encargado.

Para evitar malas prácticas en el uso del canal, se aplicarán criterios precisos para admitir las comunicaciones y con la exigencia de responsabilidad civil, penal y administrativa de las personas que comuniquen hechos con abuso de derecho o vulnerando el principio de buena fe.

Por ello, “comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad” se considera infracción muy grave y la referida ley prevé multa desde 30.001 hasta 300.000 euros para las personas físicas que la cometan.

 

Canales internos de información

La Sociedad ha establecido para los miembros de su órgano de administración, sus profesionales, sus proveedores, así como para otros terceros previstos en la normativa de aplicación, el deber de informar, a través del Sistema interno de información, sobre cualquier Conducta de las que tengan constancia.

Para ello, la Sociedad ha habilitado canales internos de información que permiten a los accionistas, administradores, profesionales, proveedores y otros terceros que determine la ley informar sobre cualquier Conducta, ya sea por escrito, a través del correspondiente formulario ubicado en la página web corporativa de la Sociedad, o por cualquier otro medio establecido por la Sociedad, todo ello sin perjuicio de que puedan dirigir e informar de lo que consideran como infracciones ante otros canales externos como la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) o a cualquier otra institución, órgano u organismo competente.

 

¿Qué se puede comunicar a través del Canal Ético?

Como parte del mencionado Sistema interno de información, PICOSSI ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L. cuenta con un Canal Ético con un Responsable del Sistema.

A través de este canal, las personas trabajadoras y relacionadas con PICOSSI ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L., los proveedores y socios de negocio y los terceros pueden comunicar, de forma directa, confidencial, segura e incluso anónima, acciones u omisiones cometidas en el seno de la sociedad que pueden ser constitutivas de posibles infracciones de la legislación vigente (en lo sucesivo, “Incumplimiento”).

Si la información sobre la infracción es anónima, el Canal Ético permite al informante mantener una comunicación a través de un código seguro, manteniéndose en todo momento en el anonimato.

Para cuestiones relativas a quejas, reclamaciones y sugerencias, ajenas a la finalidad y objeto de este sistema interno de información, nos remitimos a la siguiente dirección de correo electrónico: info@picossi.com

 

¿Cómo se pueden enviar comunicaciones al Canal Ético?

La forma más rápida y sencilla de enviar una comunicación, verbal o por escrito, sobre incumplimientos es a través de este sencillo formulario, tras aceptar previamente la política de privacidad:

ACCESO AL FORMULARIO DE COMUNICACIÓN

 

Este formulario permite enviar comunicaciones anónimas. La persona informante tiene completa libertad para decidir si quiere identificarse o no.

Sin perjuicio de lo anterior, las comunicaciones sobre Incumplimientos también podrán ser remitidas a PICOSSI ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L. por escrito dirigido al Responsable del Sistema Interno de Información, Calle Doctor Antonio Cortés Lladó, nº 6, Edificio Madeira, Planta Oficinas, C.P. 41.004, Sevilla, o por cualquier otra forma que se haya previsto en la Ley y que se facilitan con el referido vínculo al formulario de información de una infracción, por el que igualmente, se podrá instar verbalmente una reunión presencial ante el Responsable del Sistema. Dicha reunión será grabada sin perjuicio de los derechos que sobre el tratamiento de los datos le corresponden y se les informará. Toda la información y los datos personales facilitados a través del Canal Ético, con independencia del medio utilizado para comunicar el Incumplimiento, serán tratados con total confidencialidad y conforme a lo establecido en la normativa de protección de datos personales.

 

Principios y Garantías del Canal Ético

Las comunicaciones sobre Incumplimientos serán analizadas, tramitadas y resueltas de forma diligente y rigurosa por el Responsable del Sistema. En todos los casos, se procederá al inicio del expediente oportuno, de cuya solución final será dado traslado a la persona informante si ha facilitado sus datos de contacto. En caso de que haya optado por realizar dicha comunicación de forma anónima, será el informante quien podrá hacer el seguimiento de la misma mediante la clave que se le dará al realizar la información de una infracción.

Las informaciones sobre infracciones serán tramitadas conforme a los principios de confianza, confidencialidad, imparcialidad, objetividad, subsidiaridad y proporcionalidad, garantizándose en todo caso la prohibición de represalias -por acción u omisión- contra quien, de buena fe, comunique hechos que pudieran constituir un Incumplimiento.

Asimismo, PICOSSI ASESORES LEGALES Y TRIBUTARIOS, S.L. garantiza las medidas de protección y apoyo necesarios a cualquier persona que, de buena fe, ponga en conocimiento de la entidad cualquier acción u omisión que pudiera ser constitutivo de un ilícito.

De igual modo, se garantiza el derecho a ser oído, la presunción de inocencia y el respeto al derecho al honor de la persona a la que se identifica como autora o responsable de la infracción informada.

 

¿Qué ocurre después de presentar la información de una infracción?

El Responsable del Sistema es el encargado del Canal Ético y, por tanto, se ocupará de la tramitación de los expedientes de investigación y de la resolución de las informaciones sobre infracciones presentadas.

  1. Acuse de recibo: se confirmará la recepción de la información de una infracción en el plazo de 7 días naturales desde que se reciba. Es posible que se solicite a la persona informante alguna aclaración y/o información adicional.
  1. Registro y clasificación: todas las informaciones sobre infracciones que se reciban son revisadas y analizadas minuciosamente. Se abrirá una investigación cuando la información comunicada no sea infundada y sea verosímil, entre dentro del ámbito de la Ley 2/2023, aporte novedades respecto a otras informaciones realizadas previamente en otros procesos conclusos y no existan indicios de haberse obtenido ilícitamente. Por ello es de suma importancia, pues ayuda a la resolución correcta de todo lo que es la posterior clasificación e investigación, que en esta información inicial se den todos los detalles y documentación que se considere fundamenta la información y las consideraciones que se hacen.
  1. Investigación confidencial: las infracciones informadas serán investigadas para determinar su veracidad, si las mismos realmente constituyen un Incumplimiento y la determinación de la/s persona/s responsable/s. La investigación no excederá de 3 meses a contar desde la fecha de recepción de la información de la infracción o de 6 meses si reviste especial complejidad.
  1. Decisión y comunicación: concluida la investigación interna, el Responsable del Sistema Cumplimento Normativo resolverá si se ha producido un incumplimiento y, de ser así, se adoptarán las medidas pertinentes. Se informará oportunamente del resultado de la investigación a la persona informante.

En el ejercicio de sus funciones y responsabilidades el Responsable podrá externalizar la gestión del sistema.

Para una información más completa y detallada, nos remitimos a nuestra Política de Canal Ético y Estatuto de Protección al Informante.

Este Canal Ético está adaptado a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción  y las menciones contenidas en esta presentación de este Sistema Interno de Información son un resumen de las cuestiones más importantes que se pueden encontrar en dicha norma y a cuyos términos nos remitimos para una fácil y completo conocimiento de todo lo relativo a este sistema interno de información

Ir al contenido